Con el cambio de gobierno y la llegada de una nueva Asamblea Legislativa, la Contraloría General de la República activó el proceso anual de declaración jurada de bienes, que este año involucra a cerca de 25.000 funcionarios públicos, incluyendo ministros entrantes y salientes, diputados nuevos y todos los jerarcas del nuevo gobierno. El plazo vence el 25 de mayo y no admite prórroga. ElDiarioCR le explica quiénes están obligados y qué pasa si no cumplen.

Desde el lunes 4 de mayo de 2026 y hasta el lunes 25 de mayo inclusive, alrededor de 25.000 funcionarios públicos deben cumplir con la obligación establecida en el artículo 22 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley n.° 8422: presentar ante la Contraloría General de la República su declaración jurada de bienes, en la que detallan su situación patrimonial completa.

Este año el proceso adquiere una relevancia particular porque coincide con el mayor relevo institucional del último cuatrienio. La presidenta Laura Fernández, sus dos vicepresidentes, todos los ministros del gabinete —incluyendo el expresidente Rodrigo Chaves, ahora ministro de la Presidencia y de Hacienda— y los 57 diputados electos que tomaron posesión el 1° de mayo deben cumplir con este trámite. Al mismo tiempo, los jerarcas salientes del gobierno de Chaves también están obligados a presentar su declaración de cese de funciones.

Tres tipos de declaración, una sola plataforma digital

La Contraloría General distingue tres tipos de declaración. La declaración inicial la presentan quienes ingresan por primera vez a un puesto que exige declarar, dentro de los 30 días hábiles siguientes a su nombramiento. La declaración anual la presentan quienes ya son declarantes, dentro de los primeros 15 días hábiles de mayo de cada año. Y la declaración final la presentan quienes cesan en sus funciones, dentro de los 30 días hábiles siguientes al cese.

El proceso es completamente digital. La Contraloría pone a disposición de los declarantes la plataforma en línea del Sistema de Declaración Jurada de Bienes, accesible desde el sitio oficial cgr.go.cr. El incumplimiento genera una prevención única: la institución otorga un plazo de 15 días hábiles adicionales para cumplir, y si el funcionario persiste en la omisión, se inicia un procedimiento administrativo sancionatorio que puede culminar en multas o inhabilitaciones.

Quiénes están obligados

La lista de obligados establecida en el artículo 21 de la Ley 8422 es extensa. Incluye a la presidenta de la República, vicepresidentes, diputados, magistrados propietarios y suplentes del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de Elecciones, miembros de juntas directivas, alcaldes, regidores, rectores de universidades, ministros, viceministros, auditores y subauditores internos, titulares de proveedurías, y quienes tramiten licitaciones públicas o custodien fondos del Estado.

La Contraloría General, en su actualización de mayo de 2026, informa el avance en la presentación de la declaración jurada de bienes e insta a la población involucrada a cumplir con este requisito legal a tiempo, subrayando que se trata de un mecanismo fundamental de transparencia y rendición de cuentas en la función pública.

En ElDiarioCR consideramos que este proceso, aunque de trámite rutinario, tiene este año una dimensión política especial: por primera vez en muchos años, el relevo completo del Ejecutivo, el Legislativo y gran parte del aparato institucional ocurre en el mismo año. La declaración jurada de bienes es el primer acto de rendición de cuentas del nuevo gobierno y sus funcionarios ante la ciudadanía costarricense. El plazo vence el 25 de mayo.

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